Requisitos importantes antes de vender o comprar un estanco y/o expendeduría
Un estanco y/o expendeduría es un punto de venta minorista para la venta de tabaco y timbre. Si Usted quiere comprar un estanco, a día de hoy al no haber Subasta Pública, solo se pueden conseguir por transmisión de una licencia ya adjudicada. Las personas físicas mayores de 18 años son las únicas que pueden acceder a la subasta o transmisión del mismo, siempre y cuando tengan la capacidad para el ejercicio del comercio (que no sea empresa o sociedad), nacional de un Estado miembro de la unión Europea.
Si Usted está en ese preciso momento de vender o comprar un estanco, es importante saber que siempre durante el proceso tendrá la intervención de un notario, un abogado y un ingeniero.
Requisitos importantes a la hora de comprar un estanco y/o expendeduría:
- Disponer de un local, en propiedad, en arrendamiento con un mínimo de 5 años de contrato, cesión, etc., no estar declarado en quiebra, ni suspensión de pagos; no ser deudor de la Administración Pública, no haber sido condenado, hallarse procesado o sancionado por contrabando y no haber dado lugar a la revocación de una concesión (expendeduría) o autorización de un punto de venta con recargo (PVR).
- La expendeduría está obligada a efectuar un canon anual calculado según los criterios de población y volumen del negocio.
- No es obligatorio residir en la localidad convocada, pero sí cercano.
- Previa solicitud del interesado, el Organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos debe concederle la autorización.
Protocolo de venta de estancos y/o expendedurías:
- Formalización de contrato de arras del 10% del valor de compra. En este contrato se establecen las condiciones de la venta, precio, forma de pago y requisitos que han de tener comprador y vendedor para que se llegue a formalizar la compraventa. Como en la mayoría de contrato de arras se pone un plazo máximo para otorgar la escritura pública de transmisión y compraventa.
- Formalización de escritura de transmisión y de compraventa (dos documentos públicos diferentes) En la escritura de transmisión únicamente se hace constar la voluntad del vendedor de transmitir la concesión y la voluntad del comprador de adquirir la voluntad; es el documento que exige el Comisionado (designación en documento público de la voluntad del expendedor de transmitir la concesión, según tenor literal de la Ley 13/98). Aquí no aparece precio alguno, sino únicamente el valor fiscal de la concesión que se obtiene de multiplicar por 10 el importe del canon.
En el mismo acto se formaliza escritura de compraventa en la que se hace constar (aquí sí) el precio y la forma de pago. Normalmente se paga en este acto hasta la mitad del precio y el resto se deposita mediante cheque en la Notaría. De tal manera que cuando se obtiene la resolución del Comisionado el vendedor puede retirar este cheque de la Notaria y cobrar el total del precio.
Documentación necesaria que exige el comisionado para aprobar la transmisión:
- Acta notarial de transmisión, empadronamiento del comprador, fe de vida y estado del vendedor, certificado de estar al corriente de pago de hacienda y seguridad Social de ambos, certificado de antecedentes penales del comprador, documentación de cumplir los requisitos para ser concesionario, solicitud de transmisión firmada por el titular, título original de expendedor, documento de disponibilidad del local (contrato de alquiler o escritura de compraventa) y último recibo del IBI del local.
Espero que este artículo pueda servirle de gran ayuda a la hora de efectuar la compra de un estanco y/o expendedurías. En Oportunia disponemos de un equipo especializado en la compraventa de estancos y/o expendedurías en todo territorio catalán. Contamos con un gran cartera de expendedurías que podrían interesarle. No dude en ponerse en contacto con nosotros, estamos para servirle. Ver estancos –>